- Leandro G. Rago
Las declaraciónes impositivas que tienes que presentar antes del 20 de agosto de 2019
Actualizado: 1 de nov de 2020
IVA-IRPF-IS
Hoy queremos traerles un mini calendario de los impuestos que deben presentar antes del 20 de agosto del corriente año. Como todos ya saben, o al menos la gran mayoria que es emprendedor, tiene un empresa, o negocio, hay obligaciones fiscales que no debemos pasar por alto y les contamos cuales son en este post.
El plazo que tenemos para la declaración de los impuestos, ya he mencionado que son hasta este 20 de agosto, no te olvides de hacer las presentaciones de los modelos mensuales del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre Sociedades (IS) correspondientes al mes de julio. El plazo es del 1 hasta el 20 de agosto. Si todavía no hiciste los modelos correspondientes no dudes en llamarnos o consultarnos. En LGR Auditor Empresarial
Les dejo cuales son las obligaciones tributarias de agosto:
Rentas y Sociedades
Las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Julio 2019:
Grandes empresas:
Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230
IVA
Julio 2019:
Operaciones asimiladas a las importaciones:
Modelo: 380
Impuestos Especiales de Fabricación
Mayo 2019:
Grandes empresas:
Modelos: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Mayo 2019:
Grandes empresas:
Modelos:
561, 562, 563
Julio 2019:
Modelos: 548, 566, 581
Julio 2019:
Modelos: 570, 580
Segundo trimestre 2019:
Excepto grandes empresas:
Modelos: 553, 554, 555, 556, 557, 558
Segundo trimestre 2019:
Excepto grandes empresas:
Modelos: 561, 562, 563
Nota Aclaratoria:
Los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán el modelo 510.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
Julio 2019:
Grandes empresas:
Modelo: 560
Hasta el 30 de agosto
IVA
Julio 2019:
Autoliquidación:
Modelo: 303
Julio 2019:
Grupo de entidades:
Modelo: 322
Julio 2019:
Grupo de entidades:
Modelo agregado: 353
Declaraciones mensuales de IVA, IRPF e IS se presentan hasta el 20 de agosto de 2019
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